El 30 de julio, la forma en que escribes tus ingredientes cambia. ¿Está tu etiquetado preparado?
- 3 jun
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El listado de ingredientes es uno de los elementos más visibles de tu etiquetado, y uno de los que más fácilmente queda desactualizado sin que nadie se dé cuenta. A partir del 30 de julio de 2026, los nombres INCI de los ingredientes que aparecen en tus productos deben ajustarse al nuevo Glosario de Nombres Comunes de Ingredientes Cosméticos adoptado por la Comisión Europea.
La Decisión de Ejecución (UE) 2025/1175, publicada el 10 de julio de 2025, actualiza el glosario que lleva en vigor desde 2023. Añade 348 nuevas entradas, corrige errores en entradas anteriores y establece la nomenclatura CI como obligatoria para los colorantes que no sean tintes capilares. El resultado: el glosario pasa a 30.418 nombres de ingredientes reconocidos.
Este artículo explica qué cambia, quién está afectado y qué hay que hacer antes del 30 de julio.
Qué es el Glosario INCI y por qué es obligatorio
El Reglamento (CE) nº 1223/2009 sobre productos cosméticos establece que los ingredientes deben aparecer en el etiquetado con su nombre común según el Glosario de la UE, que se basa en la nomenclatura internacional INCI (International Nomenclature of Cosmetic Ingredients). Cuando existe un nombre en el Glosario para un ingrediente, ese es el nombre que debe aparecer en la etiqueta. No es opcional.
El Glosario actúa como referencia legal vinculante. Un producto cuyo etiquetado use nombres de ingredientes que no correspondan al Glosario vigente puede ser considerado no conforme, independientemente de que la formulación sea correcta.
La Decisión de Ejecución (UE) 2025/1175 sustituye a la anterior Decisión (UE) 2022/677, que había estado en vigor desde abril de 2023. A partir del 30 de julio de 2026, la versión anterior deja de tener validez legal para el etiquetado de nuevos productos.
Qué cambia exactamente
348 nuevas entradas
El nuevo Glosario incorpora 348 nuevos nombres de ingredientes que no estaban reconocidos en la versión anterior. Esto significa que algunos ingredientes que hasta ahora se etiquetaban con nombres no estandarizados (o agrupados bajo denominaciones genéricas) tienen ahora un nombre INCI oficial que debe usarse.
Para marcas que trabajan con ingredientes innovadores, activos de última generación o proveedores que han incorporado nuevas materias primas en los últimos años, esta actualización puede tener un impacto directo en su listado de ingredientes.
Corrección de entradas existentes
Más allá de las nuevas entradas, el Glosario corrige errores y omisiones en nombres ya existentes. Algunos ingredientes pueden tener ahora un nombre oficial ligeramente diferente al que se usaba antes. Si tu formulación incluye alguno de esos ingredientes, el nombre en tu etiqueta puede necesitar actualización aunque el ingrediente en sí no haya cambiado.
Nomenclatura CI obligatoria para colorantes
La Decisión establece que los colorantes que no sean tintes capilares deben etiquetarse usando la nomenclatura del Colour Index (CI), el sistema de referencia internacional para colorantes. Esto afecta a productos de maquillaje, productos de cuidado con color y cualquier formulación que incluya colorantes distintos de los tintes para el cabello.
Si tu producto usa colorantes y actualmente los etiquetas con nombres que no siguen la nomenclatura CI, el 30 de julio es tu fecha límite para actualizar.
Quién está afectado
En principio, cualquier marca que comercialice productos cosméticos en la UE está afectada. Pero el impacto práctico varía según la cartera:
– Marcas con ingredientes innovadores o activos recientes: mayor probabilidad de que alguno de los 348 nuevos nombres les afecte directamente.
– Marcas con productos de color o maquillaje: la obligatoriedad de la nomenclatura CI para colorantes puede requerir revisión.
– Marcas que no han revisado su etiquetado desde 2023: pueden tener nombres basados en el glosario anterior que ya no son válidos.
– Marcas que trabajan con formuladores o proveedores de ingredientes que han actualizado su nomenclatura: es posible que el nombre que reciben en las fichas técnicas haya cambiado sin que nadie lo haya notificado explícitamente.
El período transitorio (del 30 de julio de 2025 al 29 de julio de 2026) permitió a los operadores actualizar sus etiquetas de forma voluntaria. Ese período termina el 29 de julio. A partir del día siguiente, el nuevo Glosario es obligatorio para todos los productos nuevos que se coloquen en el mercado de la UE.
Qué hay que hacer antes del 30 de julio
1. Identificar qué ingredientes de tu cartera pueden estar afectados
El punto de partida es comparar tu listado de ingredientes actual con el nuevo Glosario. Si trabajas con un formulador o laboratorio, solicita confirmación explícita de que los nombres INCI de tus formulaciones están alineados con la Decisión (UE) 2025/1175. No asumas que ya está actualizado, en muchos casos la actualización no es automática.
2. Verificar la nomenclatura de colorantes
Si tu cartera incluye productos con color, revisa específicamente que los colorantes estén etiquetados con su nombre CI. El Colour Index es mantenido por la Society of Dyers and Colourists y puede consultarse online para verificar nombres correctos.
3. Actualizar el listado INCI en el etiquetado
Cualquier cambio en los nombres de ingredientes requiere actualizar el etiquetado físico. Si produces de forma continua, el nuevo lote producido a partir del 30 de julio debe llevar el etiquetado actualizado. El stock existente con el etiquetado anterior no tiene una fecha de retirada obligatoria específica establecida en la Decisión, pero la Persona Responsable debe documentar la situación.
4. Actualizar el PIF y la notificación CPNP
Un cambio en el etiquetado implica actualizar el Expediente de Información del Producto. Si el cambio afecta al listado de ingredientes visible en la etiqueta, la notificación en el Portal CPNP debe reflejar el etiquetado actualizado. La Persona Responsable es quien tiene la obligación legal de mantener la notificación al día.
La coincidencia de plazos: por qué el 30 de julio es una fecha crítica doble
El 30 de julio de 2026 es también el día anterior al plazo de los alérgenos de fragancia (31 de julio), que analizamos en el artículo de la semana pasada. Las dos obligaciones convergen en el mismo momento: actualización de nombres INCI y revisión de declaración de alérgenos.
Para una marca que produce de forma continua y que tiene que cumplir ambas, la ventana de acción es la misma. Si estás gestionando el proceso de actualización de etiquetado por los alérgenos, es el momento de incluir también la verificación del Glosario INCI en la misma revisión.
Hacer ambas cosas por separado (primero los alérgenos, luego los nombres INCI) implica dos rondas de actualización de etiquetas, dos actualizaciones del PIF y posiblemente dos notificaciones CPNP. Hacerlo de forma coordinada ahorra tiempo y costes.
Ocho semanas. Por dónde empezar hoy
La actualización del Glosario INCI no es una de las obligaciones más complejas de las que hemos visto este año, pero sí es una que se pasa por alto con frecuencia porque no prohíbe ningún ingrediente ni cambia ninguna formulación. Solo cambia el nombre con el que debes declararlo.
Y ese tipo de cambio es exactamente el que genera incidencias en auditorías e inspecciones: el producto es correcto, la formulación es segura, pero el etiquetado usa una nomenclatura que ya no es válida.
Si no has comenzado la revisión, el primer paso es contactar a tu formulador o proveedor de ingredientes y solicitar confirmación de que los nombres INCI de tus materias primas están alineados con la Decisión (UE) 2025/1175. Con esa información, la actualización del etiquetado es directa.
En Cláritas Regulatory ayudamos a marcas independientes a verificar la conformidad de su etiquetado INCI y a coordinar la actualización con el PIF y la notificación CPNP antes del 30 de julio. Si quieres saber exactamente qué productos de tu cartera necesitan revisión, escríbenos.


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